"El que lee mucho y anda mucho, ve mucho y sabe mucho". Miguel de Cervantes
23-02-1985, el Tribunal Constitucional reconoce la libertad de cátedra a TODOS los docentes, sea cual fuere el nivel de enseñanza en el que actúan –no se circunscribe por tanto exclusivamente al ámbito universitario.Tribunal Constitucional, Auto número 423/2004 se afirma: "[…] este derecho fundamental -como libertad individual del docente- es una proyección de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones que cada profesor asume como propias en relación con la materia objeto de su enseñanza […]" "[…] el contenido de la libertad de cátedra lo podríamos considerar como el derecho de CUALQUIER profesor, de CUALQUIER nivel educativo a que, por razón de su puesto docente, pueda desempeñar su trabajo de acuerdo con sus conocimientos y sin estar sometido a ningún mandato de AUTORIDAD PÚBLICA o privada[…]"

PRIMER PARCIAL DEL SEGUNDO TRIMESTRE.

13 DE FEBRERO: COMENTARIO DE TEXTO NO LITERARIO.


14 DE FEBRERO: GRAMÁTICA.

1. COMUNICACIÓN.
2. MORFOLOGÍA (CATEGORÍAS GRAMATICALES)
3. SINTAXIS.
4. SEMÁNTICA (MONOSEMIA, POLISEMIA, HOMONIMÍA, ANTONIMIA, SINOSIMIA).
5. ORTOGRAFÍA.



15 DE FEBRERO: COMENTARIO DE TEXTO LITERARIO




16 DE FEBRERO: LITERATURA.

1. TEORÍA DE LA LITERATURA.
      A) DEFINICIÓN
      B) GÉNEROS Y SUBGÉNEROS.
      C) MÉTRICA.
      D) RECURSOS RETÓRICOS.

 2. HISTORIA DE LA LITERATURA.
      A) EDAD MEDIA

           a)  CONTEXTO
           b) LÍRICA TRADICIONAL
           c) MESTER JUGLARÍA
           d) MESTER DE CLERECÍA.
           e) PROSA MEDIEVAL CASTELLANA.
           f) SIGLO XV
                 aa)CONTEXTO Y CARACTERÍSTICAS.
                 bb) LÍRICA CULTA CASTELLANA.
                 cc) ROMANCERO
                 dd) NARRATIVA DE FICCIÓN DE CABALLERÍAS Y SENTIMENTAL.
                 ee) TEATRO Y LA CELESTINA.

      B) SIGLO XVI

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